Auto Supremo AS/0433/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Todos estos aspectos hacen que la Sala determine que en efecto el Tribunal de apelación, tomó un sentido contrario a la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 331/2016-RRC de 21 de abril, al rebasar las específicas atribuciones de constatar si el razonamiento y argumentos de la sentencia se sujetaron al recto entendimiento humano y contenía una debida fundamentación, pues restó mérito a la integralidad de un fallo pasando por alto que el mismo se hallaba sostenido en razones, argumentos y una actividad judicial emergente de un juicio oral; además el Auto de Vista en cuestión, fue contrario a la línea jurisprudencial contenida en el Auto Supremo 141 Sucre 22 de abril de 2006, al no fundamentar de manera correcta el defecto absoluto advertido, con argumentos que soporten toda la resolución; extralimitando su competencia sin considerar y analizar el motivo de apelación del recurso, y su relación entre los antecedentes del proceso, los argumentos de la Sentencia y la fundamentación en torno a la normativa legal inherente al caso

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto Romel Benjamín Ortuño Tordoya; y, en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO Auto de Vista 75 de 12 de octubre de 2017, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal de alzada, previo sorteo y sin espera de turno, de manera directa pronuncie nueva resolución de conformidad a la doctrina legal establecida en la presente Resolución