De acuerdo a los antecedentes mencionados, se tiene que la demanda presentada por el demandante
De acuerdo a los antecedentes mencionados, se tiene que la demanda presentada por el demandante dentro del término fijado por ley, conlleva la decisión de someter el conflicto de intereses, al ámbito de la jurisdicción ordinaria, la acción entablada por el actor implica el ejercicio de sus derechos subjetivos de acceso a la justicia y el debido proceso –entre otros -; el autor Eduardo Couture en su famosa obra Fundamentos del Derecho Procesal Civil, al respecto señala que, con o sin razón se ejerce la acción lo mismo que la excepción, ahora bien, la única manera de renunciar a sus efectos de la presentación de la demanda efectuada en fecha 29 de mayo de 2013, sería pidiendo retiro de la demanda o la formulación del desistimiento, circunstancias que no se han presentado en el caso de autos, por el contrario, tal como señalan los recurrentes han sido últimamente citados en fecha 22 de julio de 2014 luego de haberse subsanado y modificado la demanda en fecha 5 de marzo de 2014 y fuera admitida el 24 de junio de 2014
- Partes: Juan Oquendo Saigua c/ PIL Chuquisaca S.A. y otros
- Proceso: Nulidad de acta de junta ordinaria
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Citados los demandados, por memorial de fs
- El Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, en audiencia
- Resolución de segunda instancia contra la cual, la parte demandada Gerónimo Díaz Quevedo y otros,
- En el fondo
- Los recurrentes acusan la violación del art
- Por lo expuesto, solicita casar el Auto de Vista y declarar probada la excepción de
- El demandante responde con los siguientes argumentos: 1) Modificación de la pretensión primigenia de caducidad
- Por lo expuesto, solicita se dicte resolución declarando improcedente en su caso Infundado el recurso
- III.1. De la caducidad
- El A
- Díez-Picazo y Gullón en la obra Instituciones del Derecho Civil (Vol
- Con relación a lo expresado líneas arriba, los demandados actuales recurrentes, manifiestan que conforme establece
- En tal caso corresponde advertir, que de la revisión de obrados se desprende, que los
- En ese contexto, resulta importante establecer que caducan los derechos que no sean exigidos en
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- De la misma forma el Tribunal de apelación en su fundamentación señala que al estar
- En cuanto a lo manifestado sobre la caducidad comprendida como una carga que recae sobre
- Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
