Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0463/2018
Fecha: 07-Jun-2018
Distrito: Chuquisaca
Distrito: Chuquisaca
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Partes: Juan Oquendo Saigua c/ PIL Chuquisaca S.A. y otros
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Proceso: Nulidad de acta de junta ordinaria
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Distrito: Chuquisaca
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VISTOS: El recurso de casación de fs
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Citados los demandados, por memorial de fs
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El Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, en audiencia
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Resolución de segunda instancia contra la cual, la parte demandada Gerónimo Díaz Quevedo y otros,
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En el fondo
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Los recurrentes acusan la violación del art
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Por lo expuesto, solicita casar el Auto de Vista y declarar probada la excepción de
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El demandante responde con los siguientes argumentos: 1) Modificación de la pretensión primigenia de caducidad
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Por lo expuesto, solicita se dicte resolución declarando improcedente en su caso Infundado el recurso
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III.1. De la caducidad
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El A
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Díez-Picazo y Gullón en la obra Instituciones del Derecho Civil (Vol
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Con relación a lo expresado líneas arriba, los demandados actuales recurrentes, manifiestan que conforme establece
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En tal caso corresponde advertir, que de la revisión de obrados se desprende, que los
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En ese contexto, resulta importante establecer que caducan los derechos que no sean exigidos en
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De acuerdo a los antecedentes mencionados, se tiene que la demanda presentada por el demandante
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De la misma forma el Tribunal de apelación en su fundamentación señala que al estar
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En cuanto a lo manifestado sobre la caducidad comprendida como una carga que recae sobre
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Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
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