Auto Supremo AS/0301/2018-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2018-CT

Fecha: 06-Jul-2018

Señala, que el recurrente indica que, el parágrafo 1 del art

Señala, que el recurrente indica que, el parágrafo 1 del art. 265 del Código Procesal Civil establece que el Tribunal de alzada debe pronunciarse sobre los puntos resueltos por el inferior que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación. Refiriéndose esencialmente los agravios a la falta de pronunciamiento sobre puntos esenciales su demanda, a lo cual señala preciso remitirse al art. 274 .3 del Adjetivo Civil el cual es claro y preciso al establecer los requisitos de contenido del recurso de casación ya sea en el fondo o en la forma, sin embargo el recurrente simple y llanamente se limita a manifestar que falta de pronunciamiento sobre los puntos resueltos por el inferior, sin precisar qué puntos no fueron resueltos, en consecuencia es por demás de evidente que el recurso de casación carece de los requisitos expresamente señalados en el Código Procesal Civil