Auto Supremo AS/0221/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2018

Fecha: 08-Ago-2018

1ro

1ro. Establece como argumento de su recurso, acusando la violación de las siguientes disposiciones legales, al dictarse el Auto de Vista Nº 105/2016, señalando el art. 202-a) del Código Procesal del Trabajo, que establece que la sentencia recaerá sobre todos los puntos litigados, no habiendo resuelto conforme a los puntos demandados, refiriéndose al contrato de prestación de servicios en su sentido general, sin tomar en cuenta la teoría subjetiva, relativa a buscar y encontrar la verdadera intención de las partes, invocando el art. 510 del Código Civil, concluyendo así que la intención de las partes fue realizar un contrato de trabajo, aplicando incorrectamente las disposiciones que regulan y protegen al trabajador, citando los arts. 4º de la Ley General del Trabajo, art. 48.II de la CPE y art. 5 del D.S Nº 28699 de 1º de mayo del 2006, que prevalecen el principio de primacía de la realidad, en cuanto a que no surtirá efectos cualquier contrato civil o comercial, que tienda a encubrir la relación laboral, conculcando así sus derechos laborales amparados y garantizados por el art. 48.II constitucional citado, art. 4 del D.S 28699 y art. 2 del D.S 110/2009