Auto Supremo AS/0221/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2018

Fecha: 08-Ago-2018

Sobre este punto, relativo a presunta violación de norma adjetiva o procesal, que no se

Sobre este punto, relativo a presunta violación de norma adjetiva o procesal, que no se ajusta al objeto y naturaleza de un recurso de casación en el fondo, no corresponde mayor consideración de orden legal, al no abrirse la competencia de este Tribunal de Casación, a más que con relación a la parte infine del fundamento del recurso, se tiene considerado y establecido en el punto anterior, en cuanto a la valoración legal y apreciación de la prueba que le correspondía realizar, tanto a la juzgadora, como al Tribunal de Alzada, al momento de resolver el recurso de apelación, basados solamente en la interpretación de la cláusula del contrato firmado por el demandante, rotulado como Contrato de Prestación de Servicios, que el mismo se trataría de un contrato civil; sin considerar y tomar en cuenta que para privar a los trabajadores de los derechos y beneficios sociales que la ley le reconoce, debe existir prueba suficiente que permita al juzgador formar un claro y amplio criterio sobre las causas por las cuales no correspondería reconocer a favor del trabajador lo que en derecho reclama; extremo que no aconteció en el presente caso, no habiendo tomado en cuenta lo establecido en el artículo 4 inciso d) y artículo 5 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006