Auto Supremo AS/0787/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2018-RRC

Fecha: 30-Ago-2018

III.1. Sobre la debida fundamentación


III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES CONCERNIENTES A LA DEBIDA FUNDAMENTACIÓN

En el presente caso, este Tribunal ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, admitió el primer motivo del recurso de casación a los fines de evidenciar si el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación; puesto que, no explicó cuál la razón por la que declaró improcedente su apelación restringida, limitándose a efectuar en su primer y segundo Considerando, sobre la interposición de su recurso y la descripción del delito de Estafa, no considerando que su conducta no se adecuó al tipo penal acusado y en el tercer considerando arguyó que el Tribunal de Sentencia, valoró debidamente las pruebas testificales y documentales cumpliendo las previsiones del art. 333 del CPP, lo que no habría ocurrido; por cuanto, no observó que el Tribunal de Sentencia no consideró sus pruebas de descargo, aspecto que vulneraría sus derechos a la defensa, debido proceso y la igualdad de las partes; sosteniendo además, el Tribunal de alzada que la Sentencia cumplió con la previsión del art. 370 inc. 5) del CPP y que el acusador le había entregado Bs. 30.000.- ( treinta bolivianos) para la compra de un terreno, lo que jamás fue referido por el Tribunal de origen; en cuyo efecto, corresponde resolver la problemática planteada, previa consideración de orden doctrinal respecto a la debida fundamentación.

III.1. Sobre la debida fundamentación