El recurso de casación interpuesto,
El recurso de casación interpuesto, carece de fundamento legal e incluso racional, al fundamentar que la COMIBOL, por ser una entidad pública, debería certificar los años de servicio del actor, competencia conferida por ley al Ministerio de Economía y Finanzas a través de la UCAS; por otro lado se advierte una falta de técnica recursiva en el contenido y la estructura, toda vez que realiza observaciones a la Sentencia 290/2014 y no así al Auto de Vista Nº 063/2016 SSA-II; con relación al incremento del 8% corresponde aclarar que la COMIBOL no fue beneficiada con este incremento salarial por mandato del D.S. 1573 de 1 de mayo de 2013
- Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social, emitió la
- Que, del referido Auto de
- Luego de una relación acerca de
- Por otro lado, la jueza
- Concluyó el memorial solicitando “se case
- II.2.- Segundo recurso
- El Auto de Vista pronunciado, ha
- Por otro lado, si bien el bono de antigüedad se encuentra regulado por los Decretos
- II.2.1.- Petitorio
- Por lo expuesto, interpone Recurso de Casación en contra del Auto de Vista Nº 063/2016
- III.- FUNDAMENTOS DE LA CONTESTACIÓN A LOS RECURSOS
- III.1.- Primer recurso
- El recurso de casación interpuesto,
- En atención a lo expuesto, solicita
- III.2.- Segundo recurso
- La parte recurrente observa la
- III.2.2.- Petitorio
- Toda vez que da por respondido
- IV.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos de
- La facultad procesal que reconoce
- Con relación a la actuación
- Con relación al desahucio que
- Con relación a la calificación
- De tal manera, es que
- A ello, el art
- IV.3.- Conclusión
- POR TANTO: La Sala Contenciosa,
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
