Auto Supremo AS/0478/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2018

Fecha: 21-Sep-2018

El Auto de Vista Nº 67/15 de 15 de junio de 2015 originó que la

II.- RECURSO DE CASACIÓN, RESPUESTA Y ADMISIÓN
II.1. Argumentos del recurso de casación:
El Auto de Vista Nº 67/15 de 15 de junio de 2015 originó que la entidad demandada, formule el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 221 a 226 vta., que en lo esencial de su contenido señala:
1.- Denunció violación, interpretación errónea y aplicación indebida del art. 131 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, toda vez que el Tribunal ad quem no especificó de manera concreta el alcance de la exención tributaria para los terceros; es decir, para los proveedores que suscriban contratos o convenios con las Fuerzas Armadas, la cual no es aplicable a la empresa Unipersonal CORTEX, ya que es una empresa proveedora de bienes de uso militar, por lo que debió emplearse el método de interpretación literal de la norma conforme lo establece el art. 8.I del CTB, y no efectuar interpretaciones restrictivas como tampoco extensivas, debiendo dejar claro que la exención está dispuesta únicamente a favor de las Fuerzas Armadas