Así también, la norma suprema contempla como principio la accesibilidad a la justicia y la
Así también, la norma suprema contempla como principio la accesibilidad a la justicia y la tutela judicial efectiva, que según le recurrente fue vulnerado al estar ligado al principio pro honime en el ámbito procesal, el art. 115-I de la CPE, señala: “Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos”, para ello, se debe armónicamente relacionar este derecho con la legislación de la materia correspondiente, conforme a la solicitud o tipo de acción que asuma el administrado, debiendo cumplirse con los procedimientos jurisdiccionales previstos por el legislador, en los que se establecen los requisitos, condiciones y consecuencias del acceso a la justicia. No pudiendo considerarse una vulneración de acceso a la justicia cuando se presenta una acción o se pretende realizar una impugnación contraria a la normativa procesal, o poner en conocimiento de una autoridad una tramitación que no le compete
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de Vista
- En conocimiento del Auto Interlocutorio Definitivo señalado, Ramiro Eddy Balderrama Caro interpuso recurso de apelación,
- En conocimiento de la señalada Resolución, Ramiro Eddy Balderrama Caro, formuló recurso de casación, de
- Es un derecho de cualquier persona, el poder demandar a otra por cualquier concepto, y
- De igual manera, el principio de “prevalencia del proceso sustancial”, que supone que las formalidades
- Los derechos a la tutela judicial efectiva y al “acceso” a la justicia, son una
- Por otra parte, el art
- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Se comprende entonces que la ejecución tributaria se realizará por la Administración Tributaria con la
- En el caso, conforme se tiene relacionado, la controversia se centra en determinar si la
- Ahora bien, por su intrínseca naturaleza la declaración jurada, es la manifestación de hechos, actos
- En ese orden de ideas, se establece que un PIET, si bien constituye un acto
- Por otra parte, cabe aclarar que la etapa de cobranza coactiva no es susceptible de
- En cuanto al principio pro homine, que exige aplicar las normas que en mejor medida
- Y el principio de impugnación, ese relacionado con la revisión de las determinaciones asumidas por
- Así también, la norma suprema contempla como principio la accesibilidad a la justicia y la
- En mérito a lo expuesto, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
