Auto Supremo AS/0508/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0508/2018

Fecha: 21-Sep-2018

Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones

Solicita que en estricta justicia y aplicando la ley, se case la Resolución Nº 82/2017 recurrida, y deliberando en el fondo se declare probada la demanda.
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
El proceso contencioso tributario, es una vía de impugnación directa de los actos administrativos tributarios, que se subsumen en las previsiones de los arts. 174 y 182 del CT (Ley Nº 1340), dispositivos legales que se constituyen en la vía idónea para que el contribuyente acceda a la jurisdicción judicial, a efecto de cuestionar actos y resoluciones de la AT, por los que se determinen tributos o se apliquen sanciones, que a consideración del administrado vulneren normativa o sus derechos; procedimiento que se sustanciará con arreglo a lo dispuesto en la norma señalada, conforme determina su art. 214, añadiendo que sólo a falta de disposición expresa, se aplicarán las normas del procedimiento civil.
Por otra parte, el art. 108 del Código Tributario Boliviano (CTB) Ley N° 2492, determina los títulos de ejecución tributaría por los que la Administración Tributaria, puede dar inicio a una ejecución tributaria; asimismo, el art. 517 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), determinaba que en fase ejecución, las determinaciones de fondo asumidas, no son susceptibles de impugnación y no pueden ser suspendidos por ningún recurso ordinario, extraordinario ni por ninguna solicitud que pretenda dilatarlo e impedirlo, aspecto que ahora es previsto por el art. 400-I del Código Procesal Civil (CPC-2013)