POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el Recurso de Casación en la Forma y Fondo planteado por Virginia Inés Careaga Alurralde, cursante de fs. 241 a 244 y en cuanto al Recurso de Casación en el Fondo interpuesto por Luis Mamani Copa, cursante de fs. 247 a 250 vta., CASA parcialmente el Auto de Vista en lo relativo a la incapacidad absoluta, en lo demás lo mantiene firme, bajo el siguiente detalle:
Fecha de Ingreso01/08/2011
Fecha de Salida 23/08/2016
Tiempo de Trabajo 5 años, 22 dias
Sueldo Promedio IndemnizableBs.1.805,00
DESAHUCIO
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
1.8053 MESES5.415,00
TOTAL 5.415,00
INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
18055 AÑOS9.025,00
180522 DÍAS 110,31
TOTAL 9.135,31
VACACION
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
180515 DÍAS 902,50
TOTAL 902,50
DOMINGOS Y FERIADOS
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
1805120 DOMINGOS 14.440,00
180540 FERIADOS 2.406,67
TOTAL 16.846,67
NIVELACION SALARIAL
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
S/M/N2012-20166.909,00
TOTAL 6.909,00
PRIMAS 2014-2015
SALARIO PROMEDIOTIEMPO IMPORTE
SEGÚN DETALLE Fs.2082016 POR DUODECIMAS6.463,00
TOTAL 6.463,00
BONO DE ANTIGÜEDAD
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
DESDE EL 01/08/20134 MESES Y 29 DÍAS 894,00
201412 MESES2.592,00
201512 MESES2.980,80
AL 23/08/20167 MESES Y 23 DÍAS 4.626,22
TOTAL 11.093,02
INCAPACIDAD PERMANENTE
SALARIO PROMEDIOTIEMPO IMPORTE
1.80524 MESES43.320,00
TOTAL 43.320,00
TOTAL BENEFICIOS Bs. 100.084
Más la actualización señalada en el art. 9 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, a calificarse en ejecución de sentencia
Fecha de Ingreso01/08/2011
Fecha de Salida 23/08/2016
Tiempo de Trabajo 5 años, 22 dias
Sueldo Promedio IndemnizableBs.1.805,00
DESAHUCIO
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
1.8053 MESES5.415,00
TOTAL 5.415,00
INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
18055 AÑOS9.025,00
180522 DÍAS 110,31
TOTAL 9.135,31
VACACION
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
180515 DÍAS 902,50
TOTAL 902,50
DOMINGOS Y FERIADOS
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
1805120 DOMINGOS 14.440,00
180540 FERIADOS 2.406,67
TOTAL 16.846,67
NIVELACION SALARIAL
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
S/M/N2012-20166.909,00
TOTAL 6.909,00
PRIMAS 2014-2015
SALARIO PROMEDIOTIEMPO IMPORTE
SEGÚN DETALLE Fs.2082016 POR DUODECIMAS6.463,00
TOTAL 6.463,00
BONO DE ANTIGÜEDAD
SALARIO INDEMNIZABLETIEMPO IMPORTE
DESDE EL 01/08/20134 MESES Y 29 DÍAS 894,00
201412 MESES2.592,00
201512 MESES2.980,80
AL 23/08/20167 MESES Y 23 DÍAS 4.626,22
TOTAL 11.093,02
INCAPACIDAD PERMANENTE
SALARIO PROMEDIOTIEMPO IMPORTE
1.80524 MESES43.320,00
TOTAL 43.320,00
TOTAL BENEFICIOS Bs. 100.084
Más la actualización señalada en el art. 9 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, a calificarse en ejecución de sentencia
- Demandado : Empresa Minera la Estrella S.R.L
- Que tramitado el proceso laboral por pago de beneficios y derechos, el Juez de Partido
- Recurso de Casación en la Forma y Fondo planteado por Virginia Inés Careaga Alurralde con
- Manifiesta que, en el recurso de apelación se denunció la violación del Principio de Congruencia
- En el fondo
- Error de Hecho
- Error de Derecho
- Recurso de Casación de Fondo de Luis Mamani Copa
- Manifiesta como un primer agravio, que no existiría un fundamento o motivación que haya efectuado
- Como tercer agravio señala que se niega la incapacidad permanente, porque el demandante no
- En tal sentido el Tribunal de Apelación jamás consideró el DS 90, art
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Se acusa que, en el recurso de apelación se denunció la violación del Principio de
- En la teoría general del Derecho de Trabajo, se determina un elemento sustancial en el
- Lo señalado se encuentra corroborado en el mismo fallo, que en su segundo considerando refiere
- Por lo relacionado, éste Tribunal no encuentra argumento válido suficiente que dé lugar a la
- En relación al Recurso de Casación de fondo planteado por Virginia Inés Careaga y Luis
- El art
- De esta manera, el principio protector le da mayor defensa al trabajador frente al poder
- Conforme el memorial de demanda cursante de fs
- Si bien el Auto de Vista al igual que la sentencia, manifiestan que el demandante
- En ese sentido los juzgadores de instancia incurrieron en error en la apreciación de los
- La norma constitucional en su art
- En tal contexto los argumentos contenidos en el recurso de casación en el fondo de
- Conclusión
- Por lo expuesto, siendo el deber de los jueces dictar sus resoluciones tomando en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
