Que tramitado el proceso laboral por pago de beneficios y derechos, el Juez de Partido
Materia : Social-Beneficios Sociales
Distrito : Chuquisaca
Magistrada Relatora : Dra. María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 241 a 244 vta., interpuesto por Virginia Inés Careaga Alurralde y el recurso de casación de fondo planteado por Luis Mamani Copa de fs. 247 a 250 vta., contra del Auto de Vista Nº 206/2018 de 4 de abril, pronunciado por la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral seguido por Luis Mamani Copa contra la Empresa Minera la Estrella S.R.L., el Auto Nº 366/18 de 6 de junio de fs. 253 vta., que concedió el recurso, el Auto de 19 de junio por el que se admite el recurso, los antecedentes del proceso y;
I: ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Que tramitado el proceso laboral por pago de beneficios y derechos, el Juez de Partido Tercero del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 46/2017 de 20 de enero cursante de fs. 204 a 209, declarando: Probada en parte la demanda interpuesta por Luis Mamani Copa, debiendo cancelar la parte demandada la suma de Bs54.670.80, más lo que corresponda por la actualización señalada en el art. 9 del DS 28699
Distrito : Chuquisaca
Magistrada Relatora : Dra. María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 241 a 244 vta., interpuesto por Virginia Inés Careaga Alurralde y el recurso de casación de fondo planteado por Luis Mamani Copa de fs. 247 a 250 vta., contra del Auto de Vista Nº 206/2018 de 4 de abril, pronunciado por la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral seguido por Luis Mamani Copa contra la Empresa Minera la Estrella S.R.L., el Auto Nº 366/18 de 6 de junio de fs. 253 vta., que concedió el recurso, el Auto de 19 de junio por el que se admite el recurso, los antecedentes del proceso y;
I: ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Que tramitado el proceso laboral por pago de beneficios y derechos, el Juez de Partido Tercero del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 46/2017 de 20 de enero cursante de fs. 204 a 209, declarando: Probada en parte la demanda interpuesta por Luis Mamani Copa, debiendo cancelar la parte demandada la suma de Bs54.670.80, más lo que corresponda por la actualización señalada en el art. 9 del DS 28699
- Demandado : Empresa Minera la Estrella S.R.L
- Que tramitado el proceso laboral por pago de beneficios y derechos, el Juez de Partido
- Recurso de Casación en la Forma y Fondo planteado por Virginia Inés Careaga Alurralde con
- Manifiesta que, en el recurso de apelación se denunció la violación del Principio de Congruencia
- En el fondo
- Error de Hecho
- Error de Derecho
- Recurso de Casación de Fondo de Luis Mamani Copa
- Manifiesta como un primer agravio, que no existiría un fundamento o motivación que haya efectuado
- Como tercer agravio señala que se niega la incapacidad permanente, porque el demandante no
- En tal sentido el Tribunal de Apelación jamás consideró el DS 90, art
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Se acusa que, en el recurso de apelación se denunció la violación del Principio de
- En la teoría general del Derecho de Trabajo, se determina un elemento sustancial en el
- Lo señalado se encuentra corroborado en el mismo fallo, que en su segundo considerando refiere
- Por lo relacionado, éste Tribunal no encuentra argumento válido suficiente que dé lugar a la
- En relación al Recurso de Casación de fondo planteado por Virginia Inés Careaga y Luis
- El art
- De esta manera, el principio protector le da mayor defensa al trabajador frente al poder
- Conforme el memorial de demanda cursante de fs
- Si bien el Auto de Vista al igual que la sentencia, manifiestan que el demandante
- En ese sentido los juzgadores de instancia incurrieron en error en la apreciación de los
- La norma constitucional en su art
- En tal contexto los argumentos contenidos en el recurso de casación en el fondo de
- Conclusión
- Por lo expuesto, siendo el deber de los jueces dictar sus resoluciones tomando en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
