Auto Supremo AS/0804/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0804/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

En este motivo, que por el análisis del anterior acápite corresponde considerar únicamente el 3º


En este motivo, que por el análisis del anterior acápite corresponde considerar únicamente el 3º motivo de apelación restringida, la recurrente invoca como precedente el Auto Supremo 349/2006 de 28 de agosto, que dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido al constatarse en casación que el Tribunal de alzada omitió resolver la apelación restringida respecto a las exclusiones probatorias de tres pruebas y resolvió en sentido contrario, determinándose que resultaba incompleto o “infrapetita”; además, al verificarse que dicha Resolución adolecía de falta de fundamentación; por cuanto, en el último considerando refirió la existencia de defectos de sentencia, sin establecer a qué defectos específicamente se refería, estableciendo la siguiente doctrina legal aplicable: “En ningún fallo puede omitirse la fundamentación que justifique lo determinado en la parte dispositiva de la resolución, no pudiendo ser reemplazado por la simple relación de documentos o la mención de los requerimientos de las partes; tampoco puede existir incongruencia y contradicción entre los fundamentos expuestos en la parte considerativa y la resolutiva