Auto Supremo AS/0809/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0809/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

El Contrato de compra y venta se encuentra pendiente de trámites civiles, en instancias de


Por Sentencia 1/2016 de 16 de marzo, el Tribunal Noveno de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Raúl Burgoa Verástegui, absuelto de culpa y pena de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del CP, disponiendo la cesación de las medidas cautelares impuestas en su contra, sin costas. La referida resolución contiene los siguientes fundamentos: 

El 29 de diciembre de 2010 se firmó el Contrato de alquiler del inmueble ubicado en calle Matías Terrazas 1490, zona alto Miraflores, Edificio Las Adas, entre el imputado Raúl Burgoa Verástegui (que funge como apoderado de Hadda Burgoa La Forcada (su hija), quien sería la propietaria del inmueble) y la víctima José Oscar Languidey Fariñas, fijando un canon de arrendamiento mensual de $us. 750.- (setecientos cincuenta dólares estadounidenses), dejándose la suma de $us. 4.500.- (cuatro mil quinientos dólares estadounidenses) en calidad de depósito de garantía y otra suma de $us. 4.500.- (cuatro mil quinientos dólares estadounidenses), por concepto de pago adelantado de seis meses, estableciendo una duración de dos años, efectuando el reconocimiento de firmas y rubricas.

En Derechos Reales el bien inmueble se encuentra registrado a nombre de Janeth Tintaya Mariaca; sin embargo, el inmueble fue transferido a la actual propietaria por Contrato de compra y venta en abril del 2009, por la suma de Bs. 150.000.- (quince mil dólares estadounidenses), con reconocimiento de firmas y rubricas, siendo responsabilidad de la actual propietaria el perfeccionamiento del derecho propietario.

La anterior propietaria se presentó en el referido inmueble ante el arrendatario, a quien le efectuó reclamos por la ocupación del mismo, mostrándole documentación referida a la titularidad del inmueble mediante carta notariada, por lo que la anterior propietaria inicia la acción penal contra el arrendatario por la presunta comisión de Despojo, viéndose obligado a firmar un Contrato de alquiler el 20 de abril de 2011 respecto al mismo bien inmueble, entre la anterior propietaria y la víctima, fijando un canon de arrendamiento mensual de $us. 600.- (seis mil dólares estadounidenses), por el lapso de dos años, debiendo entregarse $us. 200.- (dos mil dólares estadounidenses), en calidad de depósito de garantía. Habiéndose iniciado acción penal en contra de la anterior propietaria por parte del apoderado de la actual propietaria por la presunta comisión del delito de Estelionato.

El apoderado de la actual propietaria, mediante carta notariada al arrendatario, informa que el último contrato de alquiler no fue de su conocimiento, en contrapartida responde a través del mismo medio solicitando la devolución de los anticipos entregados por existir otra propietaria.

El Contrato de compra y venta se encuentra pendiente de trámites civiles, en instancias de calificación de proceso y apertura de término probatorio ante el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil, dentro de un proceso de anulabilidad de contrato y acción reinvindicatoria instaurada por la anterior propietaria en contra de la actual propietaria y su apoderado