Auto Supremo AS/0809/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0809/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

El razonamiento del Tribunal de alzada, no es contrario a los Autos Supremos 200/2012-RRC de


El razonamiento del Tribunal de alzada, no es contrario a los Autos Supremos 200/2012-RRC de 24 de agosto, 332/2012-RRC de 18 de diciembre y 304/2012-RRC de 23 noviembre; toda vez, que ejerciendo su labor de control en cuanto a la valoración de la prueba, advirtió que el Tribunal de juicio, no ponderó adecuadamente los alcances de la legislación civil; es decir, omitió realizar una correcta interpretación de los arts. 1538.I y 1566 del CC; en consecuencia, el Tribunal de alzada  realizó el control de la valoración de la prueba realizada por el Tribunal Noveno de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. En esta labor su actividad se ciñó a verificar si el Tribunal de juicio respetó la razonabilidad y ausencia de arbitrariedad en las apreciaciones y conclusiones que se extraen de las pruebas, identificando la falla del Tribunal de Sentencia. Además, de no cambiar la situación jurídica del imputado. Por lo que nos permite afirmar, que el Tribunal de alzada, de ninguna manera asignó una valoración distinta (menor o mayor a una o varias pruebas) a la efectuada en la Sentencia