Auto Supremo AS/0809/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0809/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

El recurrente invocó como precedentes contrarios los siguientes


El recurrente invocó como precedentes contrarios los siguientes:

Auto Supremo 200/2012-RRC de 24 de agosto, dictado en un proceso penal seguido por los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas y Complicidad que tiene como hecho generador: “…el Tribunal de alzada, consideró que para dictar nueva sentencia y cambiar la situación jurídica de los imputados de absueltos a condenados, no era necesario disponer el reenvió, sin advertir que esta actitud significa en los hechos, atribuirse la facultad de valorar la prueba, que constituye una facultad reservada exclusivamente para el Juez o Tribunal de Sentencia…”. Señalando en aquella oportunidad la siguiente doctrina legal aplicable: “Es necesario precisar, que el recurso de apelación restringida, constituye un medio legal para impugnar errores de procedimiento o de aplicación de normas sustantivas en los que se hubiera incurrido durante la sustanciación del juicio o en la Sentencia, no siendo el medio idóneo que faculte al Tribunal de alzada, para revalorizar la prueba o revisar cuestiones de hecho que es de potestad exclusiva de los Jueces o Tribunales de Sentencia; por ello, si el ad quem, advierte que la Sentencia no se ajusta a las normas procesales, con relación a la valoración de la prueba y la falta de fundamentación y motivación, que haya tenido incidencia en la parte resolutiva, le corresponde anular total o parcialmente la Sentencia, y ordenar la reposición del juicio por otro Tribunal