Auto Supremo AS/0812/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0812/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Que, concurre el defecto de la Sentencia establecido en el art


Que, concurre el defecto de la Sentencia establecido en el art. 370 inc. 5) del CPP, o sea, que no existe fundamentación de la Sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria, porque que no existe una relación circunstanciada real y objetiva de los hechos al tipo penal; por ende, el Juez no establece cual sería el terreno, ni existe la ubicación real y tampoco se establece con precisión si el querellante se encontraba en posesión o tenencia a momento de la comisión del hecho criminal, resultando la Sentencia en insuficiente al no adecuarse a las exigencias de los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2016 y 207 de 28 de marzo de 2007, que precisan de que toda resolución debe ser clara, completa, legitima y lógica, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales, el Derecho a la Verdad Material (art. 180.I de la CPE), el Derecho al Debido Proceso (arts. 115.II y 117.I de la CPE), el Derecho a la Igualdad de las Partes (art. 119.I de la CPE) y el Derecho a la Defensa (art. 119. II de la CPE)