Auto Supremo AS/0812/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0812/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Que, el Juez de origen respecto a los hechos y a la subsunción al tipo


Que, el Juez de origen respecto a los hechos y a la subsunción al tipo penal, no consignó algún test por medio del cual verifique los elementos constitutivos del Despojo, bien es cierto que en lo formal la Sentencia expresa un total de tres conclusiones, en la segunda hace referencia a las pruebas producidas en juicio, limitándose a expresar o resaltar las partes pertinentes de las declaraciones testificales de cargo, pero en ningún momento expresa qué parte del contenido de tales declaraciones le llevan a una u otra conclusión de orden fáctico o jurídico; asimismo, en la tercera efectúa ciertas aseveraciones: que el querellante fue trabajador de la Empresa CORDEPAZ, que era parte de la Cooperativa Santos Priamo, que el derecho propietario del querellante se encontraría registrado en Derechos Reales; sin embargo, no indica en ningún momento cual es el medio de prueba del cual extrae dichas afirmaciones, aspectos observados que resultan ser suficientes para establecer que no existe una adecuada motivación y fundamentación de la resolución venida en apelación; por lo tanto, se tendría los hechos como probados, sin que exista una exposición de los motivos de hecho y de derecho en que se fundan sus afirmaciones. Por lo que, la referida resolución contiene el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP