Auto Supremo AS/0839/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0839/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Ahora bien, tomando como referencia el Auto supremo N° 435/2013 se puede señalar que este


Ahora bien, tomando como referencia el Auto supremo N° 435/2013 se puede señalar que este Tribunal Supremo ha orientado que respecto al efecto interruptivo de una medida preparatoria, no todos aceptan que las mismas puedan ser comprendidas dentro el término demanda, por no constituir una demanda propiamente dicha, en consecuencia quienes asumen esa posición se oponen a la interrupción de la prescripción generada por una medida preparatoria, en ese sentido se pronunció incluso la extinta Corte Suprema de Justicia, sin embargo, éste Tribunal Supremo consideró y asimiló en diferentes fallos acertada la determinación que concede efecto interruptivo los actos preparatorios de la demanda, empero siempre y cuando en ellos se ponga de manifiesto con claridad cuál es el derecho que se pretende hacer valer, para el caso en ejercicio de la titularidad que ostenta de forma evidente debe oponerse a la posesión ejercida obviamente por el poseedor, la indicación de la persona contra quien se pretende accionar, y que ésta sea citada o notificada con dicha medida preparatoria, es decir que reúna los tres requisitos estipulados en el punto precedente