Entonces estando definido por parte de los jueces de instancia la existencia de una posesión
Por otra parte, constituye un acto de interrupción a la posesión de Macedonio Manuel Colque la medida preparatoria incoada en su contra al tenor del art. 1503 del Código Civil que establece la interrupción de la prescripción por una demanda judicial, un decreto o acto de embargo notificados a quienes se quiere impedir la prescripción, siendo la medida preparatoria una demanda de preparación para futuro proceso, en ejercicio del derecho que le asiste a su titular , a ello se suma que no puede pasar por alto para este Tribunal de apelación que el recurrente ha producido prueba suficiente sobre su derecho propietario” (sic.). Del contenido de la resolución de segunda instancia, se puede advertir que funda su resolución en tres puntos, a) Que es evidente que existe la existencia de una posesión continuada por más de 10 años por parte del demandante, b) Pese a lo señalado en el punto anterior, a través del proceso de mejor derecho propietario de fs. 153 a 173 seguido por el demandado contra Asunciona Tapia, esta documental desde su óptica acreditó que no existe abandono del derecho que es un requisito de la usucapión y c) La medida preparatoria también ha interrumpido la prescripción.
Entonces estando definido por parte de los jueces de instancia la existencia de una posesión por más de diez años ejercida por el demandante, corresponde analizando el punto de controversia definir si la medida preparatoria de fs. 141 y la demanda de fs. 153 a 173, han interrumpido la usucapión pretendida, pero para no generar confusiones en la presente resolución ha de analizarse cada uno por separado
Entonces estando definido por parte de los jueces de instancia la existencia de una posesión por más de diez años ejercida por el demandante, corresponde analizando el punto de controversia definir si la medida preparatoria de fs. 141 y la demanda de fs. 153 a 173, han interrumpido la usucapión pretendida, pero para no generar confusiones en la presente resolución ha de analizarse cada uno por separado
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida determinación Macedonio Manuel Colque de fs
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Sobre el tema este Tribunal en el AS Nº1075/2015 de fecha 18 de Noviembre ha
- 2
- Reales” de Arturo Alessandri R
- No obstante, para que opere la interrupción Civil de la prescripción adquisitiva, quien considere tener
- Establecidos esos aspectos generales, corresponde precisar que, no toda acción o controversia judicial genera el
- 2) Sobre la posesión pacífica o no violenta, entendida por la doctrina como aquella que
- En ese marco, como sostiene el Autor peruano Moisés Arata Solís, este requisito debe entenderse
- Por otro lado si la posesión pacífica fuese aquella que no lesiona la situación jurídica
- III.2. Sobre la interrupción de la Prescripción
- Sobre el tema se orientó en el Auto Supremo No 504/2013 de fecha 1ro
- Siguiendo a Planiol podríamos definir a la interrupción de la prescripción adquisitiva como todo hecho
- De lo manifestado precedentemente diremos que la actividad del que se pretende verdadero dueño de
- Respecto a lo anterior, el art
- Sin embargo, se debe precisar que no toda acción o controversia judicial genera el efecto
- III.3. De los efectos interruptivos de la medida preparatoria
- Ahora bien, tomando como referencia el Auto supremo N° 435/2013 se puede señalar que este
- En este entendido se puede concluir que el acto preparatorio que reúna los tres requisitos
- III.4. De la técnica recursiva del recurso de casación
- Sobre el tópico en el AS 75/2018 de 15 de febrero se ha orientado: “·Si
- Así, se tiene que el art
- Del contexto de la jurisprudencia citada se extrae que el cumplimiento de requisitos de admisión,
- CONSIDERANDO IV
- Empero, no se ha tomado en cuenta la documental saliente de fs
- Entonces estando definido por parte de los jueces de instancia la existencia de una posesión
- En cuanto al proceso de mejor derecho propietario de fs
- Partiendo de este antecedente en el caso de autos, de fs
- Ahora en cuanto a la medida preparatoria de fs
- Cabe aclarar que el Auto de Vista de forma errada sostiene que esas demandas y
- En cuanto a la respuesta del recurso de casación, la parte demandada únicamente alega que
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
