Auto Supremo AS/0840/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0840/2018-RRC

Fecha: 14-Sep-2018

Con relación a los acusados Wenceslao Adolfo Gonzales Rojas y Mary Lenny Eguez Lobo, no


Sobre la prueba de cargo y descargo, dice encontrar elementos notoriamente contradictorios entre la acusación y lo que se probó en juicio, elementos que fueron compulsados por el Tribunal a momento de la valoración de los medios probatorios, que puso más en duda razonable sobre la relación, identidad y participación del imputado Luís Fernando Gutiérrez Lobo, con el crimen perpetrado sobre la vida de Evelin Vásquez Ferrufino; es decir, Wenceslao Adolfo Gonzales Rojas en su declaración informativa policial aceptó ser la primera persona en encontrar a Evelin muerta, que después llegó su esposo Luís Fernando, por las declaraciones de otros testigos la última persona que estaba con Evelin fue cabalmente Wenceslao y coincidentemente fue la primera persona que la encontró sin vida, lo que pone más en duda la participación de Luís Fernando Gutiérrez Lobo, situación ratificada por los mismos imputados. De esa manera al ser insuficientes los medios y elementos probatorios de cargo para producir la convicción suficiente e indubitable del Tribunal de que Luís Fernando Gutiérrez Lobo es responsable del delito imputado, generándose duda razonable, aplicó el precepto jurídico universal y doctrinal del in dubio pro reo, en el caso la absolución conforme señala el art. 363 inc. 2) del CPP.

Con relación a los acusados Wenceslao Adolfo Gonzales Rojas y Mary Lenny Eguez Lobo, no hubo pronunciamiento judicial al haber sido declarados prófugos y rebeldes. Por otra parte, fue complementada y enmendada la solicitud del imputado mediante Resolución 44/2017 de 10 de abril (fs. 2565 y vta.), en un sólo punto