Auto Supremo AS/0840/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0840/2018-RRC

Fecha: 14-Sep-2018

El recurrente invoca en primer término el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril, emitido dentro


Finalmente, invoca el Auto Supremo 034/2013-RRC de 14 de febrero, emitido dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra JMB, por la presunta comisión del delito de Violación de Niña, Niño o Adolescente, se tiene como antecedente que el Auto de Vista impugnado no cumplió con la fundamentación suficiente y razonable conforme a la exigencia establecida en el art. 124 del CPP y que no observó la doctrina legal aplicable, emitiéndose en consecuencia la siguiente doctrina legal aplicable:

“…los Jueces y Tribunales son los únicos facultados para realizar la valoración de las pruebas incorporadas durante el juicio oral, en virtud del principio de inmediación, estando el Tribunal de alzada impedido de revalorizar las pruebas, por no ser competente para ello, no siendo la apelación restringida el medio jerárquico para revalorizar la prueba o revisar las cuestiones de hecho (…). Tampoco el sistema procesal admite la doble instancia, estando limitado al accionar del Tribunal de apelación para anular total o parcialmente la sentencia y ordenar la reposición del juicio por otro Juez o Tribunal, cuando no se posible reparara directamente la inobservancia de la Ley o su errónea aplicación.”

III.2.2. Sobre la fundamentación de la sentencia.

El recurrente invoca en primer término el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril, emitido dentro del proceso penal seguido AMAZONIC MAD S.R.L. contra JAOA, por la comisión del delito de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, siendo este antecedente el que dio origen a la emisión de la siguiente doctrina legal aplicable:

“….el Juez o Tribunal de Sentencia en observancia del derecho al debido proceso, deberá proceder a emitir la Sentencia que corresponda a través de una resolución debidamente fundamentada que comprenda una fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y jurídica, lo que supone la precisión del conjunto de hechos que se tienen por ciertos o debidamente probados con los requisitos de claridad y precisión; la trascripción sintética pero completa del contenido de la prueba; la valoración propiamente dicha de la prueba o el análisis de los elementos de juicio con que se cuenta; la calificación jurídica de la conducta desplegada por el imputado, lo que importa analizar los elementos del delito como la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad, esto es la labor de adecuación o no del hecho al presupuesto normativo; y, la aplicación de la pena; incurriéndose en fundamentación insuficiente la ausencia de cualquiera de las fundamentaciones señaladas; por ende, en el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP