Auto Supremo AS/0858/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Atendiendo estos antecedentes, es posible deducir que habiéndose respetado por parte del Tribunal de instancia


Atendiendo estos antecedentes, es posible deducir que habiéndose respetado por parte del Tribunal de instancia los principios rectores del juicio oral, aplicados a cada etapa del contradictorio, no se evidencia vulneración al derecho de presunción de inocencia de la recurrente, siendo que en todo momento ha sido considerada inocente y ha sido tratada como tal durante la sustanciación del juicio oral. Que, si bien se ha emitido una Sentencia condenatoria, la misma se ha sustentado en la dialéctica ejercida por el Tribunal a quo, llegando al convencimiento de la concurrencia del hecho ilícito generado por la conducta de los acusados y que en base a ello se ha establecido la superación de la presunción de inocencia y optado por la condena y la sanción penal impuesta; es decir, que la recurrente ha sido juzgada por un Tribunal competente, imparcial y con jurisdicción, el que ha establecido que el actuar de la recurrente era pasible de sanción penal como efecto de los presupuestos dilucidados en juicio oral público y contradictorio y al haberlo entendido de esa manera el Tribunal de apelación en los razonamientos que expone en el Auto de Vista a partir del CONSIDERANDO IV, resolviendo cada uno de los puntos de apelación, no se encuentra fundada la vulneración al derecho a la presunción de inocencia conforme alega la recurrente en el recurso de casación interpuesto