Auto Supremo AS/0858/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Resolviendo la cuestión planteada, de los argumentos expuestos por la recurrente, se identifica la presunta


La recurrente en su recurso de casación, respecto al primer motivo vía flexibilización, habiendo denunciado defectos de Sentencia de los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP, considerando que la Sentencia se habría limitado a señalar la culpabilidad en el delito de Estafa, sin individualizar el tiempo y lugar de su participación, ni explicar cómo indujo en error o fortaleció el mismo a fin de que la víctima realice una disposición patrimonial; y en cuanto, al delito de Estelionato no se estableció que el inmueble dado en anticrético al querellante se encontraba gravado, esté en litigio o se encuentre embargado y que no sea de propiedad de la acusada. El Tribunal de alzada trajo hechos nuevos. Por otro lado, refiere que el Estelionato se configuró porque se habría transferido el inmueble a los esposos Quispe Saldías, imposibilitando el ingreso y posesión, cuando se encuentran en actual posesión. El Tribunal de alzada no habría realizado una efectiva valoración, omitiendo pronunciarse, haciendo énfasis en errores de transcripción, siendo el fundamento de la resolución defectuosa e injusta. Asimismo, se habría referido que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba, porque no se ha demostrado cómo se engañó a la querellante y cómo se apropiaron de su capital. Al respecto, el Tribunal no habría sido claro y dicho argumento no existiría en el Auto de Vista. Todos estos aspectos vulnerarían el derecho al debido proceso, en su vertiente de derecho a la defensa, de fundamentación y presunción de inocencia, así como el principio de seguridad jurídica.

Resolviendo la cuestión planteada, de los argumentos expuestos por la recurrente, se identifica la presunta vulneración a derechos constitucionales y garantías jurisdiccionales, como ser el derecho a la defensa, la presunción de inocencia, así como la debida fundamentación y el principio de seguridad jurídica