Auto Supremo AS/0860/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0860/2018-RRC

Fecha: 25-Sep-2018

Denunció violación al debido proceso en su vertiente de fundamentación y valoración de la prueba;


Denunció violación al debido proceso en su vertiente de fundamentación y valoración de la prueba; porque no contempla un análisis jurídico detallado y adecuado en cuanto al alcance tan gravoso en su contra, pues simplemente se limita a exponer un criterio general sobre ella, realizando una simple descripción de algunas piezas probatorias literales utilizadas de forma abstracta y que bajo los mismo criterios resolvieron las excepciones opuestas. Al margen de ello, se señala que las pruebas sustentan las conclusiones, como la declaración de Severo Ortega, no entendiéndose cómo le dan valor probatorio y cuál es el razonamiento dentro de la sana crítica para considerar esa declaración como elemento cierto con la declaración realizada por el acusado y que dicho contraste necesariamente debe estar impreso en la resolución. Asimismo, sobre la declaración de Sergio Gustavo Camargo, que a criterio del Tribunal aportó a llegar a la conclusión de culpabilidad, cuando al igual que el anterior testigo, afirmaron nunca haber visto al acusado apersonándose al ICALP, con los documentos supuestamente falsos. A su vez, se realizó una descripción genérica de las pruebas literales, sin indicar qué piezas ayudaron a entender los elementos de los hechos investigados; nunca analizan, visibilizan y menos utilizaron la sana crítica, pues se evidencia que el memorial presentado con los documentos falsos, no llevan la firma del acusado y el depósito tampoco está realizado por el mismo, no existiendo prueba pericial, testifical y documental que demuestre el delito, que es contrario a lo que afirmó el Tribunal, al señalar que el razonamiento “vá más allá de la duda razonable”, cuando ni siquiera se hizo un estudio pericial sobre el documento presuntamente falso, sin especificar exactamente cuál es la convicción que las pruebas generaron en el Tribunal para que adopten la determinación de condenar por tres tipos penales, cuando éstos señalan diferentes formas de comisión, considerando que se trata de un solo hecho que se acusó