Auto Supremo AS/0874/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0874/2018

Fecha: 05-Sep-2018

De la prueba cursante a fs

1. Respecto al reclamo relativo a la posesión y la simulación. La posesión de los diez años fue demostrada y por ello prosperó la usucapión adquiriendo la autoridad de cosa juzgada. Los Vocales no sustentaron la revocatoria de la sentencia en la simulación, sino en que la venta fue realizada de mala fe y cuando el juicio de usucapión estaba en curso y el vendedor dejó de ser el propietario por efecto extintivo de la usucapión; es decir, para impedir la usucapión, advirtiendo así el motivo y causa ilícita.
2. Los reclamos referido a la identidad del objeto, la imprecisión de la sentencia de usucapión y demás aspectos del punto 2, merecen la respuesta siguiente:
De la prueba cursante a fs. 59 a 180, se tiene las piezas procesales del expediente de usucapión promovido el 3 de enero de 2011, por Jesús Lain Alvarado Gualuo en contra de Jesús Edwin Vargas Ojopi, por el cual se establece que la propiedad ubicada en la Urbanización Universitaria, manzana 01, Lote Nro. 60 con una superficie total de 600 mts.2 (Calle Tacuaral, fue usucapido cuya Sentencia se encuentra ejecutoriada