Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0022/2019-RRC
Fecha: 30-Ene-2019
I.1.2. Petitorios
I.1.2. Petitorios
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Por memoriales presentados el 17 de enero y 2 de julio de 2018, cursantes de
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los memoriales de casación y del Auto Supremo 643/2018-RA de 7 de agosto,
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I
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Los recurrentes denuncian la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado y con ello
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Concluyen que en el Auto de Vista impugnado, no se aplicó de manera correcta al
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I.1.1.2. Del recurso planteado por el imputado Hans Coca Aguilera
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El recurrente señala que la afirmación del Tribunal de apelación respecto a que el Tribunal
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Asimismo, invoca el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007, señalando que esta
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Invoca también el Auto Supremo 660/2014-RRC de 20 de noviembre, arguyendo que la contradicción en
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Por último, invoca el Auto Supremo 97/2005 de 1 de abril, argumentando que tanto para
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I.1.2. Petitorios
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Los acusadores particulares solicitan se declare admisible el recurso, se case el Auto de Vista
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I.1.3. Admisión del recurso
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Por Auto Supremo 643/2018-RA de 7 de agosto, cursante de fs
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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Por su parte, los acusadores particulares denunciaron en apelación la concurrencia de los siguientes defectos:
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Por último, el imputado Hans Coca Aguilera, formuló recurso de apelación restringida, señalando que la
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Todos los recursos previa su radicatoria, fueron resueltos a través del Auto de Vista impugnado
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En el caso presente, corresponde el análisis de fondo de los dos recursos planteados; el
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por el art
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III
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A los fines de la admisibilidad de su recurso de casación, los recurrentes invocaron como
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Por otra parte, conviene recordar que el Auto Supremo Nº 417/03 de 19 de agosto
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Que la parte final del Art
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Identificados como se encuentran los dos precedentes invocados en casación por los recurrentes, se evidencia
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Situación distinta sucede con el segundo fallo consistente en el Auto Supremo 175/2006 de 15
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En ese sentido, es menester precisar en armonía con la doctrina del precedente respecto al
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o a
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b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de manera
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c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
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La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al petitum
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El vicio de incongruencia como desajuste entre el fallo judicial y los términos en los
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d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
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e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
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De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de alzada al momento
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Por los argumentos expuestos, se concluye que el Tribunal de alzada a momento de emitir
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III.3. Con relación al recurso de casación del imputado Hans Coca Aguilera
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En el ámbito de dichas denuncias y en lo pertinente al presente recurso de casación,
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El Código Penal en su artículo 13 Quater indica: `Cuando la ley no conmine expresamente
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Siendo evidente la insuficiencia de prueba que llevó a la duda razonable al juzgador, causando
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De lo expuesto, se establece que existe una situación análoga, entre el hecho que generó
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El Sistema Penal Boliviano, como todo sistema es un conjunto de componentes que se relacionan
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El profesor Hans Welzel, intelectual de referencia dentro de la Teoría Finalista del Derecho Penal,
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La conceptualización del elemento dolo en la norma penal boliviana, tiene el hito más cercano
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Conceptualización del dolo en el Código Penal
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Señalar que `El dolo, según la definición más clásica, significa conocer y querer los elementos
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Conceptualización de la culpa en el Código Penal
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La culpa en cambio, comporta una desatención o descuido de la diligencia necesaria para no
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De esa relación no solo emerge el hecho específico que pudo haber afectado el bien
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El Código Penal no prevé de manera expresa la situación particular del médico como sujeto
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También abordó el tema relativo a la salud e integridad corporal como bien jurídico penalmente
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Las actos que afecten la salud o integridad corporal de las personas, dentro del espacio
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Por integridad corporal, debe entenderse no sólo una cuestión cuantitativa que comprometa el número de
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Estos antecedentes denotan que el Tribunal de alzada a los fines de la modificación
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Por último, se deja constancia que en mérito al análisis precedente que justifica la determinación
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase.
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