CONSIDERANDO I
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 593/2019
Sucre, 10 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 385/2018
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 156 a 158 y vuelta, interpuesto por Erick Javier Viruez Iriarte, en representación legal de Juan Manuel Zodiaco Padilla, en virtud del Testimonio Poder Nº 400/2015 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 114 a cargo de Natasha Saucedo Mindani, contra el Auto de Vista Nº 43 de 8 de junio de 2018, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de pago beneficios y derechos sociales, seguido por el recurrente contra María Raquel Arauz Somaza representante legal de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “ Super Sur Fidalga SRL”, representación conferida por Ingrid Rosario Schamisseddine Somoza en calidad de Gerente, a través del Testimonio Poder Nº 2488/2014 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 33 Mónica Villarroel Rojas, el Auto de 23 de agosto de 2018 que concedió el recurso, el Auto N° 402/2018-A de 19 de septiembre de fs. 173 vlta. que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 593/2019
Sucre, 10 de octubre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 385/2018
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 156 a 158 y vuelta, interpuesto por Erick Javier Viruez Iriarte, en representación legal de Juan Manuel Zodiaco Padilla, en virtud del Testimonio Poder Nº 400/2015 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 114 a cargo de Natasha Saucedo Mindani, contra el Auto de Vista Nº 43 de 8 de junio de 2018, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de pago beneficios y derechos sociales, seguido por el recurrente contra María Raquel Arauz Somaza representante legal de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “ Super Sur Fidalga SRL”, representación conferida por Ingrid Rosario Schamisseddine Somoza en calidad de Gerente, a través del Testimonio Poder Nº 2488/2014 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 33 Mónica Villarroel Rojas, el Auto de 23 de agosto de 2018 que concedió el recurso, el Auto N° 402/2018-A de 19 de septiembre de fs. 173 vlta. que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido y Seguridad Social Tercero del Tribunal
- I.3.- FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que, del referido auto de vista, el representante legal del demandante Erick Javier Viruez Iriarte,
- I
- Señala también, que el auto de vista desconoce la legislación laboral de nuestro país como
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De la lectura de los motivos expuestos y de los fundamentos del recurso de casación
- El recurrente manifiesta también, que el auto de vista no valora ni hace mención a
- Por las consideraciones realizadas y al amparo de lo dispuesto por el art
- Las pruebas señaladas precedentemente, constituyen prueba plena, pues los otros documentos referidos por el recurrente
- Corresponde señalar también que, el legislador ha previsto que al ser manifiesta la desigualdad existente
- Explicada así la fundamentación como una vertiente del debido proceso y de la lectura inextensa
- Igualmente, la sentencia de primera instancia, contiene decisiones expresas, positivas y precisas, explicando de manera
- También menciona la SC 10006/2004-R de 30 de junio, la cual en su parte pertinente
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
