Auto Supremo AS/0593/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2019

Fecha: 10-Oct-2019

Corresponde señalar también que, el legislador ha previsto que al ser manifiesta la desigualdad existente

Corresponde señalar también que, el legislador ha previsto que al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador a tiempo de tener acceso a la prueba idónea, para acreditar o desvirtuar determinados asuntos laborales, el legislador dispuso que en los procesos laborales la carga de la prueba corresponde al empleador a fin de desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, en virtud del principio de inversión de la prueba estipulado en el art. 3.h), 66 y 150 del CPT, por lo que en el presente caso de autos y por lo señalado previamente, el empleador ha cumplido con este principio, presentando el contrato visado por el Ministerio de Trabajo, las boletas de pago prueba irrefutable por lo que se establece sin lugar a dudas que el sueldo promedio indemnizable es de Bs. 4.900