I
I.3.2.- Continúa señalando que la afectación del debido proceso y la seguridad jurídica son identificadas en la sentencia y que el auto de vista carecen de fundamentación jurídica, donde se explique porque no se ha valorado las pruebas, como la carta notariada de solicitud de pago de liquidación por despido intempestivo, memorial presentado a la jefatura de trabajo haciendo conocer el despido intempestivo, finiquito elaborado por el Inspector del Ministerio de Trabajo, certificaciones del Banco Ganadero, giros realizados para cancelación de su salario, que va unida a la confesión judicial provocada que demuestra de forma inequívoca el salario real como gerente de operaciones, para el efecto señala jurisprudencia sentada por el TC Nº 43/2005-R de 14 de enero de 2005, SC 1006/2004-R de 30 de junio. Asimismo, hace mención a la doctrina y refiere a la necesidad de una fundamentación congruente a lo expresado por las partes y a lo resuelto por el juzgador, expresando la falta de fundamentación jurídica congruente y lógica para la sentencia y el Auto de Vista de 8 de junio de 2018 y la falta total de valoración de la prueba aportada
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido y Seguridad Social Tercero del Tribunal
- I.3.- FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que, del referido auto de vista, el representante legal del demandante Erick Javier Viruez Iriarte,
- I
- Señala también, que el auto de vista desconoce la legislación laboral de nuestro país como
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De la lectura de los motivos expuestos y de los fundamentos del recurso de casación
- El recurrente manifiesta también, que el auto de vista no valora ni hace mención a
- Por las consideraciones realizadas y al amparo de lo dispuesto por el art
- Las pruebas señaladas precedentemente, constituyen prueba plena, pues los otros documentos referidos por el recurrente
- Corresponde señalar también que, el legislador ha previsto que al ser manifiesta la desigualdad existente
- Explicada así la fundamentación como una vertiente del debido proceso y de la lectura inextensa
- Igualmente, la sentencia de primera instancia, contiene decisiones expresas, positivas y precisas, explicando de manera
- También menciona la SC 10006/2004-R de 30 de junio, la cual en su parte pertinente
- En el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
