Consta de igual modo, el Informe de trabajo de alquiler de la señalada retroexcavadora, con
Ahora bien, de la documentación de fs. 14 a 21 presentada por el actor, se observa la solicitud de autorización del servicio de alquiler de 30 días de una retroexcavadora 85P, para el carguío de tierra a las volquetas y apertura de cunetas en las diferentes zonas de la ciudad de San Borja, del 01 de abril al 2 de mayo de 2016, efectuado por el Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza, dirigido al Alcalde del referido municipio.
También se evidencia, el Informe evacuado por el Jefe de la Unidad de Activos Fijos al Alcalde Municipal, sugiriendo a la referida autoridad el alquiler del indicado equipo pesado por un lapso de 30 días, desde el 1 de abril al 2 de mayo de 2016. Seguidamente, se observa, solicitud de pago del servicio de alquiler de la mencionada retroexcavadora, por el periodo comprendido entre el 1 de abril al 2 de mayo de 2016, dirigido del Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza al alcalde del municipio, por la suma de Bs31.500,00. Así también consta el Acta de Conformidad suscrito por el Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza de la entidad municipal demandada, señalando textualmente que, dicha Unidad “…da su Conformidad al señor Manuel Alejandro Ortiz Quezada por el servicio alquiler de 30 días de una Retroexcavadora 85HP que fue utilizada para el carguío de tierra y apertura de canal de desagüe en las diferentes zonas de San Borja del 01/04/2016 al 02/05/2016. En constancia se cumplió con lo establecido en el contrato firmo al pie de la presente acta”.
Consta de igual modo, el Informe de trabajo de alquiler de la señalada retroexcavadora, con relación al periodo mencionado, elaborado por el Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza y dirigido al Alcalde municipal, poniendo a su conocimiento, que, en vista de que la institución municipal, no cuenta con la maquinaria suficiente, se procedió al alquiler de la retroexcavadora, haciendo a continuación una relación puntual de los trabajos efectuados con dicha maquinaria, con especificación de fechas
También se evidencia, el Informe evacuado por el Jefe de la Unidad de Activos Fijos al Alcalde Municipal, sugiriendo a la referida autoridad el alquiler del indicado equipo pesado por un lapso de 30 días, desde el 1 de abril al 2 de mayo de 2016. Seguidamente, se observa, solicitud de pago del servicio de alquiler de la mencionada retroexcavadora, por el periodo comprendido entre el 1 de abril al 2 de mayo de 2016, dirigido del Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza al alcalde del municipio, por la suma de Bs31.500,00. Así también consta el Acta de Conformidad suscrito por el Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza de la entidad municipal demandada, señalando textualmente que, dicha Unidad “…da su Conformidad al señor Manuel Alejandro Ortiz Quezada por el servicio alquiler de 30 días de una Retroexcavadora 85HP que fue utilizada para el carguío de tierra y apertura de canal de desagüe en las diferentes zonas de San Borja del 01/04/2016 al 02/05/2016. En constancia se cumplió con lo establecido en el contrato firmo al pie de la presente acta”.
Consta de igual modo, el Informe de trabajo de alquiler de la señalada retroexcavadora, con relación al periodo mencionado, elaborado por el Jefe de la Unidad de Maquinaria y Maestranza y dirigido al Alcalde municipal, poniendo a su conocimiento, que, en vista de que la institución municipal, no cuenta con la maquinaria suficiente, se procedió al alquiler de la retroexcavadora, haciendo a continuación una relación puntual de los trabajos efectuados con dicha maquinaria, con especificación de fechas
- El recurrente fundamenta su recurso, manifestando lo siguiente
- c) La sentencia impugnada, desconoce la valoración de la prueba presentada y se aparta de
- Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Sobre el particular y revisada la Sentencia impugnada, hace referencia a la documentación presentada por
- En base a lo referido, además de las declaraciones testificales de cargo y las actas
- En ese entendido, los contratos referidos por la entidad demandada, habrían sido cancelados tal como
- Consta de igual modo, el Informe de trabajo de alquiler de la señalada retroexcavadora, con
- Por otro lado, de fs
- La documentación referida precedentemente, de manera inobjetable evidencia que el Gobierno Autónomo Municipal de San
- Lo dicho hasta aquí, da cuenta de la deficiente valoración de la prueba efectuada por
- En base a todo lo expuesto, se concluye que es evidente que el Tribunal emisor
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
