Auto Supremo AS/0605/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En base a todo lo expuesto, se concluye que es evidente que el Tribunal emisor

En base a todo lo expuesto, se concluye que es evidente que el Tribunal emisor de la Sentencia impugnada, hizo una incorrecta valoración de la prueba aportada al proceso, omitiendo la aplicación del principio de verdad material, siendo que los documentos a los que se hizo referencia en el análisis precedente, acreditan que la institución municipal demandada, alquiló la retroexcavadora de propiedad del actor, que la misma fue utilizada; empero no le fueron cancelados los montos acordados por dicho concepto; en ese entendido, dado que las afirmaciones realizadas en el recurso de casación tienen asidero legal, corresponde aplicar el art. 220.V del Código de Procesal Civil