Ahora bien, este Tribunal llega a determinar en base a la simple lectura de los
Ahora bien, este Tribunal llega a determinar en base a la simple lectura de los antecedentes desarrollados, que ante el reclamo de la parte recurrente en su recurso de apelación restringida en referencia a que la Sentencia se base en valoración defectuosa de la prueba, acorde al art. 370 inc. 6) del CPP, el Tribunal de alzada, cumplió con los parámetros o exigencias en el contenido de la fundamentación o motivación de un fallo; toda vez que la Sala Penal Segunda a tiempo de resolver el agravio establecido, ha emitido una Resolución: Expresa (al precisar que la Sentencia no sólo se basó en la prueba observada; sino en otros medios de prueba que fueron introducidos a juicio de acuerdo a la normativa), al señalar el fundamento que sirve de soporte para sustentar su tesis, sin remisión a otros actos procesales; clara, en sentido que el pensamiento de los vocales es aprehensible, comprensible y claro, no deja dudas sobre las ideas que expresan; completa, por abarcar los hechos y el derecho (que el Informe Psicológico no fue la única base; en cambio, existieron otras, como los testigos de cargo del Ministerio Público, el Informe Médico y especialmente el testimonio de la testigo-víctima como el caso de la menor C.N.Q.C. de siete años de edad, introducidas legalmente -art. 333 del CPP-); legítima, ya que debe basarse en prueba legal y válida (el Informe Psicológico, el Informe Médico y las testificales introducidas al contradictorio de acuerdo a la normativa vigente); y, lógica, pues la motivación, en términos generales, es coherente y debidamente deducida, utilizando las máximas de la experiencia, la psicología y las reglas de la sana crítica. Por lo que el Auto de Vista impugnado, al encontrarse debidamente fundamentado en amparo de lo previsto en el art. 124 del CPP, no existe vulneración a su derecho al debido proceso, deviniendo el presente motivo en infundado
- Por memorial presentado el 12 de abril de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 61/2018 de 25 de septiembre (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 542/2019-RA de 2 de agosto,
- Refiere que, en uno de los considerandos del Auto de Vista impugnado, se estableció que
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 542/2019-RA de 2 de agosto, de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia 61/2018 de 25 de septiembre, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- También se ha probado por la entrevista psicológica realizada a la menor donde refiere textualmente
- El acusado presenta contra la Sentencia recurso de apelación restringida (fs
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Por otro lado, la Sentencia se encuentra debidamente fundamentada conforme a las exigencias de los
- El recurrente vuelve a impugnar el Informe Psicológico elaborado por la Lic
- En el caso precedente el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta
- El art
- Orlando A
- El mismo autor citando a Joan Pico I
- Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
- Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso,
- Bajo ese marco garantista, se concluye lo siguiente
- III.2. Análisis del caso concreto
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada omitió referirse a la denuncia relacionada a
- En atención a ello, el Tribunal de alzada consideró que el acusado impugnó la vulneración
- De lo anotado, se establece que ante el agravio de apelación restringida respecto a la
- Denuncia la parte recurrente que, en uno de los considerandos del Auto de Vista impugnado,
- En el mismo sentido que en el anterior motivo, es preciso efectuar la consideración de
- Respecto a lo anterior, el Tribunal de alzada consideró que el recurrente vuelve a impugnar
- Ahora bien, este Tribunal llega a determinar en base a la simple lectura de los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
