Auto Supremo AS/0964/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0964/2019-RRC

Fecha: 18-Oct-2019

Refiere que, en uno de los considerandos del Auto de Vista impugnado, se estableció que


El recurrente advierte, que el Tribunal de alzada omitió referirse a la denuncia relacionada a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva y contrariamente aludió que el recurrente habría pedido una revalorización probatoria, cuando en realidad no se denunció dicho extremo, añadiendo argumentos sobre su cuestionamiento realizado en alzada relativo a que fue condenado con una sola prueba consistente en el informe psicológico sin considerar que dicha profesional no es perito del IDIF sino del SLIM, afectando el debido proceso en infracción de los arts. 14 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE).

Refiere que, en uno de los considerandos del Auto de Vista impugnado, se estableció que no existiría valoración defectuosa de la prueba; sin embargo, a criterio del recurrente sí existió dicho defecto procesal, pues en Sentencia se valoró un informe psicológico como si fuese una prueba pericial; aspecto por la cual se vulneró el derecho a una debida fundamentación previsto en el art. 124 del CPP y al debido proceso acorde al art. 115 de la CPE