Auto Supremo AS/0964/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0964/2019-RRC

Fecha: 18-Oct-2019

Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa


Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante Auto de Vista 18 de 26 de marzo de 2019, que declaró admisible e improcedente el recurso del acusado, manteniéndose incólume la Sentencia, bajo los siguientes fundamentos:
El acusado impugna la vulneración del art. 173 del CPP haciendo referencia al Informe Psicológico de la Lic. Sonia Arratia Sánchez, que ella no sería una Perito del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF); empero, todo informe o entrevista psicológica elaborada por una Psicóloga, que fue nombrada y juramentada por el Ministerio Público para que elabore la entrevista a la menor o víctima, tiene el valor legal para fundar una Sentencia si se han seguido los pasos previstos en los arts. 204 y ss. del CPP, y en este caso, la obtención de dicho informe es correcto y se ajusta a procedimiento; ahora en cuanto al grado de credibilidad de la víctima, ese aspecto ya fue señalado por la misma Perito, que advierte claramente que la declaración de la menor tiene un alto grado de credibilidad sobre los hechos relatados y al momento de señalar de manera directa al autor del delito como Bladimir Ariel Quispe Mayra, momentos en que llega a su casa en estado de ebriedad aprovechando que los hermanitos de la víctima salieron a jugar pelota, y el acusado le saco su calzoncito a la menor y empezó a tocar sus partes íntimas, inclusive intentó violarla, no la dejaba llamar a su abuelo, al final la menor le contó lo sucedido a su tía Leticia; entonces la psicóloga llega a la conclusión que el relato de la menor es fluido y se da de manera espontánea