Auto Supremo AS/0981/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0981/2019-RRC

Fecha: 18-Oct-2019

Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, que fue resuelto por la Sala


En el presente motivo, se tiene que el recurrente reclama dos cuestiones que son: a) Que el Auto de Vista impugnado anuló la Sentencia revalorizando los hechos y la prueba, exigiendo que contenga una fundamentación ampulosa, cuando el fallo es claro y preciso; y, b) Que el Tribunal de alzada vulneró el principio de congruencia, teniendo presente que fue imputado por los delitos de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, Incumplimiento de Contrato y Conducta Antieconómica, sin ser acreditado en juicio razón por la el Tribunal lo absolvió, entendiendo que no existe una relación cronológica y circunstanciada que vincule su participación en algún ilícito, invocando al efecto en calidad de precedente contradictorio el:

Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, que fue resuelto por la Sala Penal de la ex Corte Suprema de Justicia, en una causa seguida por el delito de Peculado, en la que el Tribunal de casación evidenció que el Tribunal de alzada a tiempo de convalidar la sentencia no observó que el Tribunal de juicio violó el art. 359 núm. 1) del CPP, puesto que, no había resuelto el incidente de atipicidad, aspecto que vulnera los principios al debido proceso e igualdad procesal de las partes, por lo que fue dejado sin efecto el Auto de Vista impugnado, sentando la siguiente doctrina legal aplicable:

“Que si un bien jurídico agrupa a tipos penales afines, entonces para establecer el hecho similar, los tipos penales deben responder a un bien jurídico, en ese contexto se debe establecer el sentido jurídico contradictorio cuando se trata de hechos que corresponda al derecho sustantivo