Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0981/2019-RRC
Fecha: 18-Oct-2019
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Por memorial presentado el 16 de febrero de 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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El recurrente, acusa que el Auto de Vista impugnado anuló la Sentencia revalorizando los hechos
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El recurrente aduciendo “Prohibición de revalorización de la prueba
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 552/2019-RA de 2 de agosto, de fs
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia de 15 de junio de 2011, el Tribunal Tercero de Sentencia de Cochabamba,
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II.2 Recurso de apelación restringida del Ministerio Público
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El Ministerio Público a través del memorial de fs
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II.3 Recurso de apelación restringida del acusador particular
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Adalid Veizaga Fuentes en representación del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado “SENAPE” dependiente del
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II.4 Recurso de apelación restringida del imputado
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El imputado Franz Williams Ovando Martínez a través del memorial de fs
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el fallo que
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Respecto a los imputados Jorge Eduardo Gutiérrez Andrade y Orlando Ferrufino Camacho, el Tribunal de
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En el caso presente, el recurrente aduce que el Auto de Vista impugnado incurrió en
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III.1.Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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La cuestión y el efecto de la doctrina legal a ser sentada por este Tribunal
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En resumen la labor de sentar doctrina legal a partir del recurso de casación dentro
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En cuanto al precedente contradictorio exigido como requisito procesal de cumplimiento obligatorio a momento de
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2.1. Sobre la denuncia de revalorización de la prueba y vulneración al principio de congruencia
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Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, que fue resuelto por la Sala
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La falta de resolución de un incidente en la sentencia no es subsanable por una
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Al sujeto activo debe individualizarse para adecuar la descripción de la norma penal completa que
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La exclusión de las fotocopias ofrecidas y producidas en el juicio, no impide su valoración
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El principio de congruencia se refiere a que la sentencia debe referirse a los hechos
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La revisión de oficio por parte del tribunal de apelación como el de casación se
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En consecuencia el tribunal de alzada debió extrañar la falta de referencia de los hechos
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Ahora bien, a los fines de resolver las problemáticas planteadas necesariamente se debe acudir al
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Consiguientemente, se concluye que el precedente invocado respecto a este motivo de casación en sus
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Auto Supremo 328 de 29 de agosto de 2006, resuelto por la Sala Penal Primera
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Ahora bien, a fines de evidenciar si el Auto de Vista impugnado incurrió en revalorización
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Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado refiere que, respecto a los imputados
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Fdo
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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