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    Auto Supremo AS/1003/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1003/2019-RRC

    Fecha: 22-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 10 de mayo de 2019, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 37/2015 de 30 de junio (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, las imputadas Silvia Mery y Rosmery ambas de apellidos Angulo Díaz
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Denuncian los recurrentes que el Auto Supremo 842/2018-RRC de 17 de septiembre que dejó sin
    • Acusan que el Tribunal de alzada, incurrió en revalorización probatoria, pasando por alto el principio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 634/2019-RA de 22 de agosto, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 37/2015 de 30 de junio, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • El inmueble en cuestión, conforme refirieron en sus declaraciones las hermanas de las imputadas, se
    • Es evidente el perjuicio generado a los acusadores por efecto de los anticréticos otorgados por
    • II.2. De los recursos de apelación restringida
    • “En ese sentido, de los antecedentes del proceso, se verifica que las imputadas alegaron la
    • Precisados como se encuentran los planteamientos formulados en apelación restringida por las imputadas al amparo
    • En el caso concreto, se verifica de la descripción hecha del contenido del Auto de
    • II.4.Auto de Vista de 1 de marzo de 2019 (fs. 1018 a 1027)
    • En el caso presente, la parte recurrente denuncia: 1) Que el Auto Supremo 842/2018-RRC de
    • III.1. Sobre la errónea aplicación de la norma sustantiva
    • En relación a la errónea aplicación de la Ley Sustantiva se advierte que el Auto
    • Debemos incidir en el principio de legalidad; Feurerbach proporcionó la fórmula general de este principio: “Nullum
    • Se vulnera este principio, cuando el juez al aplicar un tipo penal o imponer una
    • III.2.Facultad del Tribunal de apelación ante errónea aplicación de la norma
    • Al efecto corresponde determinar cuál la labor que debe cumplir el Tribunal de alzada, más
    • En efecto, la uniforme doctrina legal emitida por el Tribunal Supremo de Justicia estableció que,
    • Se vulnera los derechos a la defensa y al debido proceso, reconocidos por el art
    • Sin embargo, este Tribunal entiende que no siempre la modificación de la situación jurídica del
    • En tal sentido, a tiempo de ratificar el concepto rector de que el Tribunal de
    • En consecuencia, este Tribunal considera necesario establecer la siguiente sub regla: El Tribunal de alzada
    • La incorporación de la citada sub regla a la línea asumida por este Tribunal y
    • III.3.1. Primer motivo de casación
    • Bajo ese apercibimiento, se advierte que la parte recurrente recurre en esta instancia denunciando dos
    • Sobre la problemática planteada los recurrentes invocaron y advirtieron un eventual incumplimiento del Auto Supremo
    • (…)
    • En consecuencia, se advierte que el Tribunal de alzada tal como denuncian las imputadas en
    • En mérito al Auto Supremo referido, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia
    • Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado respecto al defecto contenido en el
    • De esa relación necesaria de antecedentes, corresponde precisar que la denuncia referente a que el
    • Por los argumentos expuestos, respecto al presente punto del motivo de casación, se constata que
    • En cuanto a la denuncia de que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta
    • Conforme a los fundamentos ya determinados, se concluye que el Auto de Vista impugnado no
    • III.3.2. Sobre la denuncia de revalorización de la prueba
    • La parte recurrente reclama que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización probatoria, pasando por
    • Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada, corresponde señalar que
    • De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
    • En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
    • “Al Tribunal de Alzada, respecto a la defectuosa valoración de la prueba, lo que le
    • Sin embargo, en el caso de autos se observa, que no se está ante una
    • Los recurrentes también invocan el Auto Supremo 353/2013-RRC de 27 de diciembre, que fue pronunciado
    • Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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