Auto Supremo AS/1003/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1003/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

La incorporación de la citada sub regla a la línea asumida por este Tribunal y


La incorporación de la citada sub regla a la línea asumida por este Tribunal y expuesta precedentemente, tiene como base los principios rectores de la jurisdicción ordinaria, por cuanto este Tribunal no puede soslayar la esencia del art. 178.I de la CPE al señalar que: “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad…”, ratificado y complementado por el art. 3 inc. 7) de la LOJ que explica: “Celeridad. Comprende el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la administración de justicia”, adquiriendo mayor preponderancia por el nuevo enfoque de la Constitución Política del Estado, haciendo énfasis en la oportunidad y celeridad para la protección de los derechos de los ciudadanos por parte del Estado, consagrados como máxima al que se aspira, de lograr una justicia eficaz sin dilaciones indebidas acorde a los arts. 115 y 180 de la CPE y 8 inc. 1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, siendo este el paradigma en que se enfoca la visión de la nueva administración de justicia