Auto Supremo AS/1003/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1003/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

En el caso concreto, se verifica de la descripción hecha del contenido del Auto de


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En el caso concreto, se verifica de la descripción hecha del contenido del Auto de Vista impugnado, que el Tribunal de alzada en la primera parte de sus fundamentos jurídicos, efectuó una extensa referencia de orden normativo y doctrinal respecto a aspectos atinentes al recurso de apelación restringida, para luego con base a jurisprudencia constitucional identificar todos los supuestos en los que concurre una inobservancia de la ley sustantiva, prevista como defecto de sentencia en el art. 370 inc. 1) del CPP, sin que en el resto de la resolución recurrida de casación, se establezca de manera clara y precisa de qué modo estos supuestos no se presentarían en el presente caso, si se tiene en cuenta que si bien la base del reclamo de los defectos denunciados por las imputadas es la misma, cada uno de los defectos de sentencia previstos por la norma procesal, tienen sus propios supuestos y alcances, pues en el intento de resolver todos los defectos denunciados en apelación, la Sala de apelación no estableció en mérito a un análisis propio en su condición de tribunal de alzada y en mérito a la competencia que le asigna la ley, el por qué no concurriría el defecto de sentencia previsto en el art. 370-1) del CPP y menos existe un razonamiento sobre si resultan aplicables o no los fundamentos de los precedentes invocados y la pretensión perseguida por las apelantes, cuando la denuncia de las imputadas se refirió a la inexistencia de los elementos constitutivos del tipo penal de Estelionato, sin que su análisis y emergente respuesta, quede suplida con la simple mención de cómo se concibe al tipo penal y con la glosa parcial de la sentencia, que derivó a la conclusión infundada e inmotivada que no existe errónea aplicación de la ley