Auto Supremo AS/1005/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1005/2019-RRC

Fecha: 22-Oct-2019

Respecto al defecto de sentencia previsto por el art


Respecto al defecto de sentencia previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, establece que la Sentencia se encuentra debidamente fundamentada, en la relación de los hechos se puede establecer de manera clara que en el allanamiento del domicilio del imputado se encontró una bolsa color negro conteniendo un paquete en forma de ladrillo forrado con cinta masquín y un molde de metal conteniendo sustancias controladas con resultado positivo a cocaína con un peso de 875 grs., que pertenecía al acusado. En la fundamentación probatoria descriptiva se establece que ante la ejecución del mandamiento de allanamiento en un lavadero de motos se encontró la sustancia controlada procediéndose a secuestrar una cantidad de 875 grs., de cocaína, procediéndose a aprehender al imputado que era dueño de la sustancia controlada. En la producción de las pruebas de cargo y declaraciones testificales los asignados al caso de manera clara relatan cómo ocurrieron los hechos que ante la ejecución de un mandamiento de allanamiento ingresaron al domicilio señalado, donde se encontró sustancias controladas. En la determinación de la verdad histórica de los hechos, la Sentencia da valor pleno a la prueba de cargo presentada por el Ministerio Público, pues el acusado fue encontrado en posesión física de la sustancia controlada no dando lugar a dudas de su autoría. En la fundamentación de la pena el Tribunal de sentencia realizó una valoración de sus antecedentes penales siendo su primer proceso, con grado de instrucción medio y con la finalidad de que se reinserte a la sociedad le impone la pena de 10 años de presidio, cumpliendo la Sentencia con lo establecido por el art. 124 del CPP