Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1126/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1126/2019

    Fecha: 22-Oct-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Santiago Chambi Laura y Magdalena García de Chambi c/Victoria García Vda. de López
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • 3
    • CONSIDERANDO II
    • 4
    • 5
    • 6
    • 7
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Sobre la aplicación indebida del art
    • En cuanto a la cosa juzgada existe abundante jurisprudencia que desbarata el endeble argumento de
    • CONSIDERANDO III
    • Al respecto, en reiterados fallos, entre los que se encuentra el Auto Supremo Nº 651/2014
    • III.2. De la motivación de las resoluciones judiciales
    • De igual manera la Sentencia Constitucional N° 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la
    • III.3. Sobre la usucapión quinquenal
    • En el Auto Supremo Nº 58/2015 de 29 de enero, se orientó respecto a los
    • La norma nos refiere con claridad los requisitos que debe reunir la Usucapión ordinaria que
    • Sobre el examen de los requisitos que hacen a la Usucapión ordinaria, se debe hacer
    • Definido el justo título, se debe resaltar que para ser considerado tal debe reunir condiciones
    • En este contexto, la forma instrumental que recubre al justo título: Escritura Pública, entre otras,
    • Ahora bien, cuando se pretende acreditar el justo título con la presentación de un testimonio
    • III.4. De la cosa juzgada
    • Por su parte nuestra legislación ha recogido dicho instituto en el art
    • CONSIDERANDO IV
    • No obstante de la revisión del Auto de Vista impugnado se evidencia que se pronunció
    • De lo impreso se verifica la existencia de una respuesta y pronunciamiento en cuanto a
    • En este agravio de fondo y los siguientes se debe considerar lo manifestado por la
    • En tal marco, debemos manifestar que el art
    • En este caso, Daniel Paricollo Serrano en la minuta de transferencia de 2 de mayo
    • Por lo manifestado, cumpliendo lo determinado por la SCP N° 0656/2018-S3, y conforme con el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Edwin Aguayo Arando.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca