Auto Supremo AS/1126/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1126/2019

Fecha: 22-Oct-2019

En tal marco, debemos manifestar que el art

Dicho extremo se constituye en un aspecto relevante el mismo que debió ser analizado y considerado por las autoridades codemandadas, al momento de emitir el Auto Supremo 1250/2017; más aún si dentro de los agravios expresados por la accionante, la misma hizo alusión a la fotocopia legalizada de la referida Sentencia 101/2003, transcribiendo íntegramente la parte dispositiva de dicho fallo; omisión que ingresa dentro del supuesto de motivación arbitraria, al prescindir de dicho documento aportado en el proceso de usucapión quinquenal que influyó definitivamente en la confiabilidad de las hipótesis fácticas formuladas en el fallo e incidiendo en la fundamentación jurídica y el resultado de la decisión asumida por las autoridades codemandadas…”
En tal marco, debemos manifestar que el art. 134 del Código Civil establece como una forma de adquirir la propiedad la usucapión quinquenal u ordinaria al establecer que: “Quien en virtud de un título idóneo para transferir la propiedad adquiere de buena fe un inmueble de alguien que no es su dueño, cumple la usucapión a su favor poseyéndolo durante cinco años contados desde la fecha en que el título fue inscrito”. Describiendo en su contenido los requisitos necesarios para sujetarse a una usucapión quinquenal que son: título idóneo (justo título), buena fe en la posesión, transcurso del tiempo (5 años desde el registro) y posesión (pública, pacífica, continuada e ininterrumpida)