Auto Supremo AS/1133/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1133/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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3. Manifiesta, la posesión en la que se encuentra no fue interrumpida antes de planteada la demanda según dispone el art. 1503. I del Código Civil, teniendo que los esposos Pari hasta antes de presentada la demanda de usucapión no accionaron judicialmente contra su persona y menos le hicieron citar con alguna acción judicial y que la carta notariada a fs. 5 no generó ningún efecto interruptivo de la prescripción adquisitiva por no configurar una acción judicial propiamente dicha