Auto Supremo AS/1148/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1148/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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1. Leonor Perez Nina, en representación de la Asociación de Productores Agropecuarios Pasto de Lobos (APAP), planteó demanda de Resolución de Contrato de fs. 359 a 361 y 363, bajo los siguientes argumentos:
Máximo Callisaya Cortez, firmó el Contrato de Obra N° 003/2009 de 14 de febrero, para realizar la construcción de 23 SILOS de 4 m2 por 6 m2, de paredes de ladrillo y cemento, revoque de paredes, techado con calamina, cielo raso, piso de cemento, con puertas según muestra, en un plazo de entrega de 120 días a partir de la suscripción del contrato; el precio total acordado era de Bs. 194.120.00, cancelándose como primer pago Bs. 58.23600, para la compra de ladrillo y cemento, y como segunda y tercera cuota Bs. 25.000.00, el 19 de marzo del 2009 y Bs. 50.000.00, el 20 de mayo del mismo año, haciendo un total desembolsado de Bs. 133.236.00, dinero que fue sonsacado a título de pagar materiales y otras obligaciones que el final fue una burla.
Ante esa situación, se firmó un adendum de complementación de contrato, interviniendo Cristóbal Saavedra Salazar, Guillermo Eloy Marca Calisaya y Agustina Callisaya Calle como garantes solidarios y mancomunados con todos sus bienes habidos y por haber; en este documento, se amplió el cumplimiento de contrato hasta el 30 de agosto de 2009, con la aclaración de que sólo se construyó 9 silos en obra gruesa de los 23 encargados; empero, solo se hizo el vaciado de 18 Silos después de pagar un adelanto de Bs. 50.0.00, dándose a la fuga posteriormente Máximo Callisaya Cortez.
Cristóbal Saavedra Salazar, se apersona y opone excepciones de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda de fs. 595 a 596