-Con relación a los requisitos de aplicación de la cosa juzgada, refieren como correcto el
-Señalan también que el art. 117 de la Constitución Política del Estado corresponde a materia penal y administrativa, sin embargo, en materia civil se asemeja al instituto de la cosa juzgada.
-Con relación a los requisitos de aplicación de la cosa juzgada, refieren como correcto el actuar del Tribunal de alzada, toda vez que para la procedencia de esta excepción debe concurrir necesariamente la triple identidad de causa, objeto y sujetos
- León Jofre y José
- Proceso: Cobro de dinero
- Distrito: La Paz
- Bajo esos antecedentes y tramitada la causa, el Juez Noveno de Partido en lo Civil
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- Ahora bien, respecto a las apelaciones que fueron concedidas en el efecto diferido, el Tribunal
- En virtud a estos fundamentos, el citado Tribunal de segunda instancia, CONFIRMÓ la sentencia de
- Del medio de impugnación objeto de la presente resolución, se observa que los demandados anotaron
- Respuesta al recurso de casación
- El Banco Central de Bolivia, representado legalmente por Carlos Zubieta Aguilar y Álvaro Molina Zabala,
- -Aducen que ninguna de las Sentencias Constitucionales o Autos Supremos citados en el recurso de
- -Con relación a los requisitos de aplicación de la cosa juzgada, refieren como correcto el
- -Finalmente señalan que la parte recurrente incumplió con los requisitos establecidos para la procedencia del
- En razón a lo expuesto la parte demandante solicita de declare infundado el recurso de
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- III.1. De la nulidad de oficio
- CONSIDERANDO IV
- En cumplimiento de lo estipulado en el art
- -Ante la interposición de la referida demanda reconvencional de nulidad de contratos, la parte actora
- -Por Auto interlocutorio Nº 183/2010 de 28 de septiembre de fs
- -Negada la antedicha solicitud, Hotelera Nacional S
- -Posteriormente, toda vez que la sentencia de primera instancia declaró probada la pretensión principal de
- Esta conclusión, por simple lógica supone que, si el acto procesal advertido provocó una lesión
- Lo señalado, permite inferir que al margen de la carencia de motivación y fundamentación con
- Consiguientemente, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia, al amparo del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Se dispone la remisión de la presente Resolución al Consejo de la Magistratura conforme lo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Edwin Aguayo Arando.
