Auto Supremo AS/1212/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1212/2019

Fecha: 26-Nov-2019

Dolly Margarita Aliaga Murillo planteó acción de nulidad de matrimonio contra Angélica Trinidad Duran Jiménez

Dolly Margarita Aliaga Murillo planteó acción de nulidad de matrimonio contra Angélica Trinidad Duran Jiménez y a su fallecimiento quedó como sucesora Ericka Sofía Barreda Duran; definido los sujetos procesales, señaló que contrajo matrimonio civil con el que en vida fue Oscar German Barreda Sanabria (+) el 14 de mayo de 1975 en el Departamento de La Paz, sin embargo al fallecimiento de su cónyuge, es decir el 29 de octubre de 2013 se enteró que el finado tenía otra esposa de nombre Angélica Trinidad Duran Jiménez, quienes contrajeron matrimonio el 17 de febrero de 1979, sin haber cancelado o disuelto el vínculo que les unía, en base a esos antecedentes concluye que los hechos se subsumen en la causal de nulidad de matrimonio previsto y sancionado en el art. 168 inc. c) de la Ley 603 por bigamia. También relata que al momento del fallecimiento de Oscar German Barreda Sanabria, su nueva esposa Angélica Trinidad Duran juntamente con su hija se declararon herederas por resolución Nº 544/2013 dictada por el juzgado de instrucción Nº11, declaratoria de herederos que acusa de ser falsa, porque en su contenido consigna como válido el matrimonio del difunto con su segunda esposa, desconociendo que nunca se desvinculo judicialmente de su primer matrimonio, declaratoria de herederos inscrito en Derechos Resales sobre el inmueble ubicado en la zona de Alto Obrajes. En si concluye que al percibirse bigamia por parte de su difunto esposo se ocasionó una distorsión al derecho patrimonial sucesorio que por Ley debe beneficiarle