Auto Supremo AS/1212/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1212/2019

Fecha: 26-Nov-2019

Si bien los grados de afectación son relevantes, sin embargo, el transcurso del tiempo como

Si bien los grados de afectación son relevantes, sin embargo, el transcurso del tiempo como hecho jurídico repercute de forma preponderante en el ordenamiento legal, pues llega a consolidar determinadas situaciones o en su defecto imposibilita la activación de ciertos derechos, tal el caso de lo contenido en el art. 171 de la Ley 603 cuando determina - después de transcurrido un (1) año de convivencia, no se puede plantear la acción de nulidad salvo cuando el matrimonio se hubiere celebrado en ausencia el consentimiento de la una de las partes-, normativa por demás clara en su contenido al reflejar un plazo para el inicio de la presente acción, si bien es denominado jurídicamente como de preclusión debe entenderse en su real dimensión como uno de caducidad, pues su sola esencia como dijimos implica extinción de la tutela jurídica por el solo transcurso del tiempo al no haber ejercido un derecho, con las salvedades contenidas en la misma norma