Auto Supremo AS/0707/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Con ese criterio, corresponde precisar que, de la revisión de los antecedentes del proceso, se

Con ese criterio, corresponde precisar que, de la revisión de los antecedentes del proceso, se constata que el Tribunal ad quem, en la motivación y fundamentación del Auto de Vista, atendiendo al agravio de falta de valoración de la prueba, acusado por el GAMS, en recurso de apelación; dio una respuesta razonada, motivada y fundamentada, demostrando que la entidad ahora recurrente, no acreditó prueba documental de descargo, ausencia de actividad probatoria pertinente a la que estaba compelido el demandado, en aplicación de la inversión de la prueba prevista en el art. 3 inc. h), y arts. 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT), aspecto que fue correctamente observado por las instancias de grado, quienes valoraron correctamente las literales correspondientes de fs. 3 a 4 y contratos de trabajo de fs. 6 a 10, que acreditan la suscripción de tres contratos, no siendo evidente los acusados errores imputados a la decisión de Vista